B202

El 2023 ya está en marcha y con él, un nuevo año laboral ha dado comienzo. Las más de 5.5 millones de unidades económicas que operan en nuestro país (esto de acuerdo al Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas o DENUE por sus siglas publicado por el INEGI) se reincorporan a la actividad económica luego de la pausa decembrina y, con ello, millones de trabajadores retomaremos nuestras actividades diarias.


Una de las principales responsabilidades que tenemos los profesionales de recursos humanos es tener presente los distintos días feriados que se celebrarán durante el año. Primero, es importante señalar que estos días están contemplados en la Ley Federal del Trabajo, concretamente en el artículo 74 y que, por definición, se consideran de descanso obligatorio. Recordemos que, si por la operación de la empresa, es indispensable que alguno de los colaboradores se presente a trabajar, estos deberán de recibir un salario doble adicional al salario que de forma convencional les corresponda. 


Días Feriados en 2023



Ahora sí, hablemos de los días feriados de los que disfrutaremos durante este año. Durante el 2023, la Ley Federal del Trabajo contempla 7 días de descanso obligatorio, los cuales mencionaremos a continuación:


1 de enero. En esta ocasión, el inicio de año cae en domingo, lo que hace que muchos de nosotros “perdamos” de manera simbólica un día adicional de descanso de nuestras actividades laborales.


5 de febrero. Si bien esta fecha cae en domingo, la ley menciona que se descansará el primer lunes de febrero en conmemoración de esta fecha, por lo que el lunes 6 de febrero haremos una pausa de nuestras actividades.


21 de marzo. En este 2023, el natalicio de Benito Juárez cae en martes, pero la ley menciona que esta fecha se conmemorará el tercer lunes del mes, por lo que el día de descanso será el lunes 20 de marzo.


1 de mayo. El primer día de mayo se conmemora a nivel nacional el “Día del trabajo”. En esta ocasión, esta fecha cae en lunes por lo que tendremos un conveniente puente casi a mitad del año.


16 de septiembre. Quizá la conmemoración más importante del año es el Día de la Independencia. En esta ocasión, esta fecha cae en sábado, por lo que ese día tendremos descanso obligatorio en todas las empresas del país.


20 de noviembre: En esta fecha conmemoramos el inicio de la Revolución Mexicana y la Ley Federal del Trabajo contempla que el tercer lunes de noviembre no se labore. En esta ocasión, el tercer lunes del mes es justamente el 20 de noviembre, por lo que tendremos un nuevo puente que nos permitirá descansar de cara a la recta final del año.


25 de diciembre: Finalmente, el lunes 25 de diciembre será el último día de descanso obligatorio de este 2023.
A manera de información adicional recordemos que cada 6 años, el 1° de diciembre se considera un día de asueto debido a la transición del Poder Ejecutivo de nuestro país. 


Días de descanso NO OFICIALES



Con mucha frecuencia, existe confusión sobre el carácter oficial de ciertos días en los que, por usos y costumbres de nuestro país, algunas empresas deciden no laborar. Recordemos que los únicos días en los que el descanso laboral es obligatorio son los mencionados anteriormente. En todos los demás casos, cada empresa y/o patrón tienen total libertad para decidir si se labora o no, y no se verán obligados a pagar una compensación adicional para sus colaboradores. Algunos de estos días no oficiales son los siguientes:


Jueves 6 y viernes 7 de abril: A pesar de que México es un país laico, las celebraciones religiosas tienen mucha relevancia para la población, de ahí que en muchas empresas se permita que los trabajadores descansen en estos días santos


5 de mayo: La Batalla de Puebla es uno de los momentos de mayor orgullo para nuestro país, sin embargo, esta fecha no se considera como un día de descanso obligatorio.


12 de octubre. El Día de la Raza, o como coloquialmente se conoce, el día del descubrimiento de América, tampoco tiene carácter de oficial de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.


2 de noviembre. La celebración del Día de los Muertos es quizá la tradición más arraigada de nuestro país, y, de hecho, es reconocida a nivel mundial, sin embargo, esto no significa que sea un día de descanso obligatorio.


Calendario para bancos


Las instituciones bancarias también manejan ciertos asuetos adicionales a los del resto de trabajadores. A continuación, una lista de las fechas en las que los bancos no laborarán durante este 2023.


  • Lunes 6 de febrero
  • Lunes 20 de marzo
  • Jueves 6 y viernes 7 de abril (Días Santos)
  • Lunes 1 de mayo
  • Jueves 2 de noviembre
  • Lunes 20 de noviembre
  • Martes 12 de diciembre (Día del trabajador bancario)
  • Lunes 25 de diciembre.





Calendario para estudiantes y maestros de la SEP



Con mucha frecuencia, existen confusiones en los trabajadores respecto a los días de descanso, pues se asume que, si las escuelas no tienen actividad, lo mismo sucederá con las empresas. Este es un error muy común y a continuación, enumeraremos los días en que las escuelas afiliadas a la SEP no tendrán labores o bien, realizarán labores no habituales:


27 de enero: Junta de consejo técnico escolar
6 de febrero: Se conmemora la Constitución Mexicana
24 de febrero: Junta de consejo técnico escolar
17 de marzo: Junta administrativa
20 de marzo: Se conmemora el nacimiento de Benito Juárez
31 de marzo: Junta de consejo técnico escolar
3 al 14 de abril: Vacaciones de semana santa
28 de abril: Junta de consejo técnico escolar
1 de mayo: Día del trabajo
5 de mayo: Batalla de Puebla
15 de mayo: Día del Maestro y la maestra
26 de mayo: Junta de consejo técnico escolar
5 al 9 de junio: Taller intensivo de formación continua para maestros.
30 de junio: Junta de consejo técnico escolar
26 de julio: Fin del período escolar 2022 – 2023


Conclusión



Con esta información, ahora todos los que trabajamos en RH ya tenemos un panorama completo de los días de descanso que tendremos durante 2023, dependiendo de la actividad económica en la que nos desarrollemos. Recordemos que, si tu organización requiere que uno o más de sus trabajadores labore en un día de descanso oficial, se le deberá de dar al colaborador un pago doble adicional, independientemente del pago normal que recibirá por dicho día. 


Dicho con otras palabras, si un trabajador está contratado bajo un salario diario de $500.00, por poner un ejemplo, en caso de que trabaje en un día de descanso obligatorio, deberá de recibir $1,000.00 adicionales a los $500.00 que recibiría de forma normal, es decir, se le compensará con un total de $1,500.00.

Vacaciones PC 2023_01

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