En un artículo previo, hablamos de los conceptos básicos que todo especialista de recursos humanos debe de tener en cuenta. Ahora, platicaremos con mayor detalle sobre los distintos tipos de nómina que se pueden tener al interior de una organización.
Clasificación de la nómina
En México, no todas las empresas operan bajo el mismo sistema, ni todos los empleados son contratados bajo las mismas condiciones. Es por eso que el departamento de recursos humanos debe de estar al tanto de las distintas formas en las que pueden ser clasificadas:
Por el tipo de percepción
De acuerdo al tipo de pago que se le está haciendo al trabajador, la nómina en cuestión puede ser considerada como “Ordinaria” o “Extraordinaria”
- Ordinaria: El patrón o el personal de recursos humanos es el responsable de realizar esa clasificación al momento de emitir el comprobante directamente en el sistema. Se consideran pagos ordinarios todos aquellos que se realizan con cierta periodicidad, pudiendo ser pagos diarios, semanales, quincenales, o incluso por obra o por comisión.
- Extraordinaria: Se consideran así todos aquellos pagos que no se realizarán de forma periódica o habitual, como pueden ser los pagos por separación, el aguinaldo o los bonos de desempeño.
Por tipo de contrato
Existen distintas formas de contratar a nuestros empleados, razón por la cual, el personal de recursos humanos debe de clasificar la nómina con base en esta consideración. Las 3 formas más comunes de contratación son:
Tiempo indeterminado. Todos los contratos deben de ser de tiempo indeterminado, salvo que la naturaleza del trabajo lo requiera, es decir, que sea por obra o tiempo determinado.
Obra determinada: puede únicamente estipularse cuando lo exija su naturaleza.
Tiempo determinado. Señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los casos. Cuando lo exija la naturaleza, cuando tenga el objeto de sustituir temporalmente a un trabajador. Si vencido el término subsiste la materia del trabajo, la relación se prorroga por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia.
Por periodicidad del pago
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Semanal: Este modelo normalmente aplica para empleados que pertenecen a empresas que se dedican a la transformación de un producto (maquiladoras, materias primas, hierro, plásticos, etc.), o dependiendo de las actividades que desempeñan, se usa ese tipo de periodicidad. Si bien, el día de pago se establece por común acuerdo, viernes, sábado y domingo son los días más comunes. Este modelo es muy habitual en la industria de la construcción.
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Decenal: Es el modelo menos utilizado en México. Bajo este sistema, el trabajador recibe su pago cada 10 días, por lo que cada mes tendrán tres ingresos. El modelo aplica para trabajadores cuyos ingresos están determinados por comisiones, y les permite tener su dinero de forma más constante.
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Catorcenal: Este modelo se establece con base en semanas alternadas (una semana sí y otra no) y por lo general, se elige el viernes como día de pago. Este sistema es bastante común para trabajos de alto perfil (doctores, abogados, ingenieros, etc.) y su principal ventaja es que, tanto empleado como empleador, tienen la certeza de qué día se realizarán los pagos, ya que este no depende de días hábiles, inhábiles o fines de semana. Siempre se realizará un viernes si y otro no.
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Quincenal: Este es el modelo de nómina más tradicional para el grueso de los empleados en México. Los días de pago están establecidos como el 15 y el 30 o 31 de cada mes (con la excepción de febrero, que se paga el día 28). Si el día de pago cae en día no hábil, este se recorrerá al día hábil inmediato anterior. Bajo este modelo, el trabajador recibirá 24 pagos anuales, a diferencia de los 26 que recibe en el caso de nóminas
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Mensual: Como su nombre lo dice, el trabajador recibe un pago al mes. Si bien, el día de pago se acuerda entre empleado y empleador, es normal que los días 15 se establezcan como el día de pago bajo este sistema.
¿Qué percepciones se incluyen en la nómina?
El SAT utiliza la versión 3.3 para la emisión de CFDI y el complemento 1.2 y, contempla un listado de 34 posibles percepciones que deben de ser consideradas en los recibos de nómina, dependiendo del caso particular de cada uno de los empleados. Entre los más comunes, se destacan los siguientes.
- 001 – Sueldos, salarios, rayas y jornales
- 002 – Gratificación anual (aguinaldo)
- 003 – Participación de los trabajadores en las utilidades (PTU)
- 005 – Fondo de Ahorro
- 010 – Premios de Puntualidad
- 019 – Horas extras
- 020 – Prima dominical
- 021 – Prima vacacional
- 027 – Cuotas de seguridad social pagadas por el patrón
- 029 – 032 – Vales de despensa, restaurante, gasolina y ropa respectivamente
- 038 – Otros ingresos por salarios
Si quieres consultar el listado completo, puedes hacerlo visitando la página del SAT. Además, ahí podrás encontrar si estas percepciones son gravadas o exentas, así como el límite de exentos que normalmente viene determinado en UMA’s (Unidad de Medida y Actualización), que para 2021 está establecido en $89.62.
¿Cuáles son las deducciones que se pueden/deben realizar?
Del mismo modo, puedes encontrar un listado 66 posibles deducciones a realizar en la nómina de empleados bajo el régimen de “Sueldos”, siendo los más comunes los siguientes:
- 002 – ISR
- 006 – Descuento por incapacidad
- 020 – Ausentismo
- 031 – Ajuste en contribuciones a cargo del trabajador pagadas por el patrón
- 035 – Ajuste en cuotas sindicales pagadas por el patrón
- 052 – Ajuste en cuotas de seguridad social pagadas por el patrón
- 101 – ISR retenido del ejercicio anterior
Conclusión
Tratándose de un tema tan específico como el sistema de nómina de una empresa, es fundamental que todo el personal de recursos humanos sea experto en la materia, sobre todo por la gran cantidad de detalles que se pueden presentar con cada uno de los empleados. Para ello, en People-Cloud contamos con todas las herramientas y la infraestructura que puedan necesitar, alojadas en la nube y a tu entera disposición. Te invitamos a visitar nuestro portal para que conozcas a detalle todos los servicios que tenemos disponibles para ti.