Sin lugar a dudas una de las principales preocupaciones de todas las personas son los trámites burocráticos que se deben de llevar a cabo de forma constante. De entre ellos, podemos encontrar a las declaraciones anuales de impuestos que, además de representar un trámite que en ocasiones puede ser tardado, también requiere de ciertos conocimientos y cálculos para hacerlo de manera correcta. Por lo tanto, siempre es importante considerar todos los elementos necesarios para llevar a cabo dichas declaraciones para evitar cualquier problema y llevar un buen control de los impuestos.
Ahora bien, con el cierre fiscal del año 2021 que se aproxima toma aún más relevancia esta información, pues además se vienen épocas con muchas celebraciones que muchas veces hacen que pasemos de largo este tipo de obligaciones. Sin embargo, si eres alguien con un trabajo formal y dado de alta con nómina ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como tal, debes de saber que, en la mayoría de los casos, no es necesario que tú hagas dicha declaración, pues la misma empresa para la que laboras tiene la obligación de realizarlo.
Por ello mismo, en este artículo te traemos las generalidades sobre el cierre fiscal del año, como es que se realiza dicha declaración de parte de tu organización y los casos en los que, a pesar de ser una persona física asalariada, deberás realizar tú mismo dicho trámite.
¿Qué es el cierre fiscal del año?
El cierre fiscal del año es el cálculo final con el que se cierra el ejercicio contable de una empresa, por lo que la relevancia que tiene para la administración en determinada organización es bastante alta. En este sentido, para poder hacer de buena forma este cierre fiscal del año, es necesario considerar todos los aspectos de la nómina de los empleados, tener un buen control de las finanzas, entre otros aspectos en la administración.
Ahora bien, a pesar de que parece algo obvio, no está por demás mencionar que este cierre fiscal del año debe de comprender un periodo de 12 meses, pero habitualmente, en el caso de personas morales, se puede realizar la declaración de impuestos de dicho año hasta el 31 de marzo del año próximo. Antes de continuar, es importante establecer la diferencia entre el cierre fiscal y contable, la cual te traemos a continuación.
Diferencia entre cierre fiscal y cierre contable de año
Hay que aclarar que ambos procesos requieren el uno del otro para realizarse, pero sí hay un orden que se debe de seguir para llevar un buen control de la nómina y de las finanzas de determinada empresa. Toda organización debe de realizar primero el cierre contable del año, que se refiere a la relación que se hace entre los ingresos y egresos de la empresa, es decir, verificar si es que se tuvieron utilidades.
Por su parte, el cierre fiscal del año es la siguiente etapa de la contabilidad y del control económico de una empresa. Es en este, que además es el que nos interesa en el presente artículo, en el que, de acuerdo a la información arrojada en el cierre contable, se realizan las deducciones de impuestos, tanto de la nómina de los trabajadores, como de las utilidades que se consiguieron a lo largo del año.
Declaración de impuestos de los trabajadores
Ahora bien, hay que mencionar que este cierre de año fiscal es muy importante, pues dentro de las declaraciones de impuestos que se deben de hacer a lo largo del año están las de los empleados de la empresa. En este sentido, es importante que, como trabajador, se tenga en claro que la empresa en efecto realizó esta declaración de impuestos para no tener ningún problema y llevar una correcta administración de los ingresos. Por ello, te hablaremos a continuación de cómo asegurarte que esto sucedió, no sin antes mencionar en qué casos tu patrón está obligado a realizar tu declaración de impuestos por ti.
Casos en los que el patrón está obligado a hacer la declaración de impuestos de sus empleados
De acuerdo al Servicio de Administración Tributaria (SAT) son dos las situaciones en las que los empleadores deberán de realizar las declaraciones de impuestos de sus empleados de manera obligatoria:
● Cuando a lo largo del año, el trabajador obtuvo ingresos de solo un patrón.
● Si además de tu salario recibiste intereses nominales de instituciones que componen el Sistema Financiero no mayores a $20,000.00 MXN, tu patrón también estará en la facultad de realizar tu declaración de impuestos.
Consejos para saber que tu empresa está realizando tu declaración de impuestos
Siempre es importante tener un buen control de tus ingresos, egresos y también de las deducciones que se hacen en tu trabajo, por lo que aquí te mostramos algunas cosas que puedes hacer para estar seguro que se hizo de forma correcta esta declaración de impuestos.
Revisa tus recibos de nómina de forma constante
Una gran manera de llevar una buena administración de tu situación fiscal es monitorear de forma constante tus recibos de nómina. En estos, puedes verificar toda la información en cuanto a tu sueldo, los descuentos que se realizan en relación a seguridad social, los datos tanto tuyos como los de tu patrón, entre otros aspectos a considerar.
Aquí lo que puedes verificar son las deducciones que se realizan y los impuestos que se te quitan cada vez que te pagan tu sueldo, como lo puede ser también el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Asimismo, si es que se te descuenta algún préstamo que tengas con alguna institución pública, entre otros. Pero lo relevante como tal es verificar que en efecto se te descuenta de tu nómina lo correspondiente a los impuestos.
Constancia anual de las percepciones y las retenciones
Este es otro documento con el que, de forma indirecta, puedes verificar que en efecto se hizo de forma correcta tu declaración de impuestos. Antes que nada, hay que mencionar que este se lo tienes que solicitar a tu patrón que, si bien tiene la obligación de proporcionártelo, por lo general no lo hará a menos de que lo solicites.
En este documento puedes verificar todas las deducciones que se hicieron de tu salario a lo largo del año, por lo que con él se puede comprobar tu pago de impuestos. Ahora bien, puedes ver de forma indirecta si se realizó tu declaración anual de impuestos porque básicamente este solo es un comprobante de que los pagaste, pero para estar seguro de que en efecto se hizo este ejercicio contable se tiene que verificar con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Casos en los que tú mismos deberás de hacer tu declaración anual de impuestos
Como ya habíamos adelantado anteriormente, es importante mencionar que si bien, al ser un trabajador asalariado y dado de alta como tal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), tu patrón tiene la obligación de realizar tu declaración anual de impuestos con respecto al cierre del año fiscal, también hay ciertos casos en los que tú mismo deberás hacer dicho trámite. Enseguida te señalamos dichas situaciones para que, si te encuentras en alguna de esas, no tengas algún problema con tu declaración anual de impuestos:
● Obtener ingresos mayores a $400,000.00 MXN: Si tuviste un ingreso total en todo el año mayor a dicha cantidad tú mismo deberás de hacer tu declaración de impuestos.
● Dos o más patrones: Por su parte, si estuviste trabajando de manera simultánea para más de un patrón a lo largo del año, también serás el sujeto obligado a hacer tu propia declaración de impuestos.
● Por voluntad propia: Otra situación en la que tendrás que hacer tú mismo tu declaración es si tú le solicitas eso a tu patrón. Para esto, será necesario que le pidas la constancia anual de las percepciones y las retenciones que mencionamos con anterioridad.
● Antes del término del año: El patrón de una empresa no tendrá la obligación de presentar la declaración anual de un trabajador que dejó de laborar para su empresa antes del día 31 de diciembre de determinado año. Por lo tanto, si dejaste de trabajar para una empresa antes de que acabará el año, deberás de hacer tu declaración anual de impuestos.
● Instituciones sin retención: Si eres trabajador de instituciones como embajadas u organismos internacionales que no hacen retención de impuestos la declaración anual te corresponderá.
● Ingresos acumulables: Se determinan como ingresos acumulables a aquellos que sean provenientes de actividades por honorarios, arrendatarias, ventas, actividades empresariales, entre otros. Por lo tanto, si además de tu salario recibiste algún ingreso derivado de estas actividades, deberás de hacer por ti mismo tu declaración anual.
● Ingresos derivados de actividades laborales: Ahora bien, podemos englobar a ingresos por jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral en este punto. En caso de haber recibido dinero por estos conceptos, también deberá de correr por tu cuenta la declaración anual de impuestos.
Conclusión
No cabe duda que las declaraciones de impuestos son muy importantes para poder tener una buena administración de nuestras finanzas, además de que forman parte de las obligaciones que tienen las personas como sujetos con actividad económica. En este caso, es muy relevante tener presente en qué casos nuestros patrones realizan estas declaraciones y cerciorarse de que eso suceda. Para que no haya ningún problema en este tema, en PeopleCloud contamos un servicio de nómina asistida para tu empresa y colaboradores, donde siempre tendrás la certeza de que tus procesos fiscales estarán en orden, en referencia a las leyes de la república mexicana. ¿Te gustaría conocer más sobre nuestro servicio de Maquila de Nómina? No dudes en registrarte para una demo, da clic aquí